Contratación y Fiscalidad
Nº Seguridad Social
La Seguridad Social es un sistema público de protección frente a situaciones de enfermedad, invalidez, desempleo, vejez, accidentes de trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia. Antes del inicio de la actividad laboral, se debe solicitar el alta en la Seguridad Social
La empresa que os contrata es la que os da de alta en la Seguridad Social, pero para ello primero tenéis que obtener vuestro número de la Seguridad Social.
Éste número se puede obtener de forma telemática (solamente con certificado digital) o presencialmente en cualquier administración de la Tesorería General de la Seguridad Social. Las personas extracomunitarias necesitaran previamente el permiso de trabajo y la obtención del número NIE.
En este link encontrareis más información sobre el número de la seguridad social y los pasos a seguir para obtenerlo.
Impuestos
Los trabajadores extranjeros residentes en España, al igual que los nacionales, están sujetos al pago del Impuesto sobre el Rendimiento de las Personas Físicas (IRPF). Las empresas practican retenciones mensuales de acuerdo con tablas que tienen en cuenta las retribuciones del trabajador y su situación personal y familiar.
Para poder gravar este impuesto, es necesario disponer del número de identificación fiscal NIE, por lo que el primer paso para ser contratado en España es obtener el número NIE.
Paro
Las personas trabajadoras extranjeras en España, nacionales de países que pertenecen a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo o que no pertenecen a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo que residen legalmente en nuestro país y que cumplen los requisitos legalmente exigidos, tendrán derecho a las prestaciones por desempleo de nivel contributivo siempre que estén inscritas como demandantes de empleo.
Para más información consulte este link.
Si usted es una persona extranjera no comunitaria y quiere regresar a su país, conozca cuáles son los requisitos y la información necesarios para poder cobrar el pago acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo en el siguiente link.