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Evaluación única

Evaluación única en la UAB

A partir del curso 2023-2024 existe la posibilidad de solicitar evaluación única en determinadas asignaturas de cada titulación de grado y de máster universitario. Puedes consultar la lista de asignaturas que lo permiten en la página web de tu centro.

Por qué se ha regulado la evaluación única en la UAB

La normativa de evaluación única responde a la necesidad del alumnado de poder compaginar sus estudios con la vida laboral o familiar. Esto tiene que ver con los principios de justicia, equidad, diversidad e inclusión (JEDI), ya que la UAB es consciente de que la evaluación continua derivada de la entrada en vigor del espacio europeo de educación superior supone una dedicación total a los estudios a los que algunas personas no pueden hacer frente. La incorporación a la normativa académica de la opción de evaluación única, con la que ya cuentan otras universidades del sistema universitario catalán, es fruto de la voluntad de la UAB de atender esta demanda.

El concepto de evaluación única que hemos regulado en la UAB

La evaluación única, aplicable solo a asignaturas con docencia dirigida, no supone ningún cambio en relación con el modelo de docencia actual. Por tanto, es necesario separar docencia de evaluación. El estudiante puede seguir asistiendo a clase, aunque se adhiera a la evaluación única, y algunas de estas clases pueden ser de asistencia obligatoria.

La evaluación única supone una única fecha de evaluación, pero no una única actividad de evaluación. Debe ser competencial, es decir, con las actividades evaluadoras el estudiante debe demostrar que es capaz de realizar las tareas previstas en la asignatura, y estas actividades deben tener el mismo nivel de exigencia que las que formen parte de la evaluación continuada. Para garantizar, pues, que la evaluación única acredite la consecución de los objetivos y los resultados de aprendizaje establecidos en cada asignatura, se recomienda que haya un mínimo de tres actividades evaluadoras, dos de las cuales sean de distinto tipo.

Las actividades de evaluación única competencial pueden ser, por ejemplo, realizar un proyecto, un estudio de casos, la resolución de problemas, una práctica en el laboratorio, etc. Estas actividades se pueden combinar con actividades en las que el estudiante deba demostrar el grado de adquisición de conceptos, como un examen de desarrollo teórico o un examen tipo test sobre aspectos conceptuales.

El profesorado

El profesorado responsable de una asignatura con opción de evaluación única debe realizar la adaptación de su sistema de evaluación y reflejarlo en la guía docente.

El profesor o profesora responsable de una asignatura en la que se ofrece la opción de evaluación única debe prever en la guía docente la asistencia necesaria a actividades docentes que requiere la asignatura, el tipo de actividades evaluadoras y las particularidades de recuperación que puedan ser aplicables.

El alumnado

Cada curso académico, el estudiante puede adherirse a la evaluación única en algunas asignaturas y mantener el sistema de evaluación continua en otras. El estudiante que se adhiera a la evaluación única renuncia a la evaluación continua. Esta renuncia se realiza al inicio de la docencia de cada semestre, en las fechas fijadas por cada centro dentro del calendario marco establecido en el calendario académico y administrativo de la UAB. Para fijar estas fechas, debe tenerse en cuenta que se debe poder solicitar el cambio unas semanas después de haber iniciado la docencia.

El estudiante que solicita la evaluación única tiene los mismos derechos que el resto de estudiantes. Esto significa que no puede limitarse su calificación, no se le puede impedir el derecho de ir a clase o de solicitar tutorías y no se le puede limitar el derecho de recuperar la asignatura. Del mismo modo, también tiene el deber de realizar el seguimiento de la docencia en las mismas condiciones que el profesorado ha establecido para el resto de estudiantes y, por lo tanto, el profesorado no debe elaborar materiales o actividades de aprendizaje exclusivas para este perfil.

El centro

Cada centro establece el procedimiento por el que se eligen las asignaturas que pueden acogerse a evaluación única, de acuerdo con las coordinaciones de titulación y el profesor o profesora responsable de la asignatura. El criterio de elección debe ser excluir de esta modalidad de evaluación solo a las asignaturas cuyo perfil competencial no permita evaluarlas con este procedimiento.

Una titulación o centro puede establecer un porcentaje mínimo de actividades evaluadoras que haya que realizar presencialmente, en la fecha única establecida, con el fin de tener garantías de que es el estudiante que se ha acogido a la evaluación única quien realiza las actividades.
Cuando existan asignaturas compartidas con otros centros, el centro del que depende la asignatura debe decidir si puede ser o no de evaluación única y, en caso afirmativo, lo es para todas las titulaciones que lo incluyen.

Calendario Marco

Trámite

Plazo de  presentación

Fecha límite de resolución

Solicitud de evaluación única  (primer y  segundo semestre) (1)

Del 17.07 al 16.10.2023

23.10.2023

  1. Dentro del plazo marco, cada centro establecerá un mínimo de dos semanas para la solicitud, repartidas en uno o más plazos. Como  mínimo una de estas semanas debe programarse una vez iniciadas las clases.

Solicitud de evaluación  única  (segundo semestre) (2)

Del 12.02 al 08.03.2024

12.03.2024

  1. Dientro del plazo marco, cada centro establecerá un mínimo de una semana del termini marc, cada centre establirà un mínim d’una setmana para la solicidud. Como mínimo una semana se ha de programar una vez iniciadas las clases del 2o semestre.

 

 

Normativa sobre evaluación única

Muchas de las cuestiones que nos han llegado tienen respuesta en la propia Normativa académica que se aprobó en el Consejo de Gobierno de 7.7.2022, que reproducimos a continuación.

Artículo 265. Evaluación única

  1. El estudiante puede solicitar la evaluación única en aquellas asignaturas que lo permitan, dados sus contenidos y metodologías docentes, y así lo establezcan en la guía docente, que debe explicitar el sistema de evaluación a seguir. En todas las titulaciones debe incluirse la posibilidad de acogerse a la evaluación única.
  2. La solicitud de evaluación única supone la renuncia a la evaluación continuada e implica la entrega en una única fecha del número necesario de evidencias evaluadoras para acreditar y garantizar la consecución de los objetivos y resultados de aprendizaje establecidos en la asignatura.
  3. La evaluación única debe tener el mismo nivel de exigencia que la evaluación continua. El estudiante tiene los mismos derechos que con la evaluación continua en relación con la docencia, la calificación y, si se da el caso, con la recuperación.
  4. Para solicitar la evaluación única, el alumnado debe presentar una solicitud motivada en el centro dentro de los plazos fijados y especificar las asignaturas para las que la solicita. El plazo de presentación de solicitudes se fija anualmente en el calendario académico y administrativo de la UAB. Excepcionalmente, en caso de una situación laboral o de salud sobrevenidas debidamente justificadas, el alumnado puede solicitar la evaluación única fuera de ese plazo establecido.
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio en materia de evaluación única
  1. Los centros, como responsables de los estudios de grado y máster, deben publicar el listado de asignaturas que permiten la evaluación única para cada titulación. Este listado debe validarlo el órgano colegiado de los centros, en los que tiene representación el alumnado.
  2. Los centros deben publicar los listados de asignaturas que permiten la evaluación única antes de la fecha en la que finalice el segundo período hábil establecido en el calendario académico de la UAB del curso 2022-2023.
  3. Las disposiciones sobre la evaluación única se evaluarán y revisarán y, si es necesario, se modificarán a la finalización del primer semestre desde su entrada en vigor.