Trámites familiares para estudiantes extracomunitarios
Trámites familiares de estudiantes extra-comunitarios
Los familiares de un país externo a la Unión Europea que vayan a realizar una estancia en España deberán obtener un visado tipo D para familiares de estudiante antes de marchar de su país de origen. El visado se puede solicitar en el Consulado o Embajada españoles más cercanos a su localidad.
Sin este visado no se podrá obtener la Autorización de Estancia por Estudios necesario para conseguir estancia legal en España.
Es importante preveer la duración de la estancia, ya que hay un visado tipo D que solo es válido para 180 días (D Estudios hasta 180 días) y una vez en España no es posible renovar el visado ni solicitar la Autorización de Estancia por Estudios con el visado limitado. En caso de prever una estancia de más de 6 meses, es necesario obtener un visado tipo D Estudios (abierto) antes de partir del país de origen.
Una vez en España, no es posible cambiar un visado. El único visado válido es el que el internacional no europeo obtiene en la Embajada Española o Consulado antes de venir. Solamente los familiares con visado D Estudiante (abierto) podrán solicitar la Autorización de Estancia por Estudios a su llegada a España.
La Autorización de Estancia por Estudios es un permiso de estancia temporal válido para el tiempo en que dure la estancia de estudios en España. El permiso se concede por un máximo de un año académico y se renueva anualmente. El documento es el título que demuestra el derecho legal del titular a permanecer en el país.
Al entrar en la Unión Europea se dispone de un máximo de 30 días naturales para comenzar el proceso de solicitud de la Autorización de Estancia por Estudios. A este efecto, es imprescindible conservar los billetes de vuelo (tarjeta de embarque) o que se obtenga el sello de entrada a la Unión Europea en el pasaporte al atravesar las aduanas.