Otros trámites de investigación
Solicitud de incorporación (o baja) de personal en el equipo de investigación de los SGR
DESCRIPCIÓN
La convocatoria de SGR establece que la composición de los grupos de investigación estará formado por:
b) Doctores y doctoras contratados a dedicación completa: personal investigador con el grado de doctor y con una vinculación en activo y a tiempo completo con cualquier entidad que cumpla los requisitos para poder ser una entidad beneficiaria de acuerdo con lo que prevén estas bases reguladoras. Los contratos ICREA, los contratos de los programas Ramón y Cajal, Miguel Servet, Beatriz Galindo, y los contratos postdoctorales de los programas Beatriz de Pinoso, Juan de la Cierva, Sara Borrell, María Zambrano y Margarita Salas (siempre que impliquen vinculación contractual con las universidades), Marie Skłodowska-Curie o similares con una duración mínima de dos años se equipararán a contratos a dedicación completa.
Este personal se codificará en EGRETA como INV
c) Otros miembros: también se podrá incluir personal investigador doctor o no doctor, emérito, técnico de apoyo a la investigación y personal en formación predoctoral, que deberá tener una vinculación en activo, a tiempo completo o parcial, mediante contrato o beca con una entidad que cumpla con los requisitos para poder ser beneficiaria de acuerdo con lo que prevén estas bases reguladoras, o mediante un contrato con una empresa dentro del programa de Doctorados Industriales El personal en formación o predoctoral no podrá. ser miembro del grupo si la única vinculación con la institución es la matrícula universitaria.
Este personal se codificará en EGRETA como COL
d) Todos los miembros del grupo deben estar vinculados a universidades, centros de investigación u otras instituciones de investigación del sistema catalán y llevar a cabo su investigación en Cataluña.
En cuanto a los colaboradores, la convocatoria establece:
e) Los grupos de investigación también podrán incluir colaboradores y colaboradoras, que podrán ser investigadores de instituciones de investigación de fuera de Cataluña o personas vinculadas a empresas o centros de enseñanza no universitaria oa administraciones y que realicen colaboraciones pero que no desarrollen una tarea estable habitual ni continua con el grupo de investigación. Los colaboradores se mencionarán en la solicitud en el apartado pertinente y no computarán en ningún caso como miembros del grupo ni se contabilizarán sus méritos curriculares.
Este personal no se incorporará a EGRETA
Recuerde que el personal asociado/sustituto no puede participar en los SGR con su vinculación a la UAB.
En cuanto a las bajas en los equipos, la convocatoria establece:
4.7 Durante los primeros 12 meses a contar desde la resolución de la convocatoria no se tramitará ninguna baja de los miembros de los grupos de investigación. Fuera de este período, podrán autorizarse las bajas de miembros de los grupos de investigación que no sean el coordinador o la coordinadora, siempre que sean por causa mayor: pérdida de la vinculación laboral, baja laboral de larga duración o traspaso. En cualquier caso, la composición de los grupos de investigación por motivo de bajas no podrá variar más de un 20% respecto a la composición inicial del grupo. Una variación en la composición del grupo superior a este porcentaje podrá suponer la pérdida del reconocimiento como grupo de investigación y la revocación de la financiación otorgada, si procede.
Se ha abierto el plazo para comunicar las bajas de los miembros de los SGR que han perdido la vinculación con su institución de origen así como de aquellos que no cumplen requisitos y se incorporaron a la solicitud (predoctorales sin contrato).
Para ampliar esta información puede consultar las bases reguladoras y la convocatoria.
SOLICITUD
Primero. Descargue el documento excel que encontrará en la web de AGAUR.
Rellene la información referente al personal que desea incorporar o dar de baja al grupo, de acuerdo con la convocatoria y las bases reguladoras.
En caso de que la persona que se quiera incorporar no tenga vínculo con la UAB deberá adjuntar la autorización del representante legal de su institución a participar en el SGR.
Segundo. Pase el documento excel a PDF, este documento lo debe firmar el IP del SGR y todas las personas que constan en el excel. Envíe el documento excel (sin firmar) y el PDF (firmado) a ajuts.agr@uab.cat, indicando en el asunto "Alta/Baja + Referencia SGR" .
IMPORTANTE
Los miembros por los que se solicita la baja no podrán tramitar el alta en otro SGR.
La firma de la solicitud de alta o baja por parte de la coordinación del SGR y de las personas implicadas supondrá, de acuerdo con las bases reguladoras la confirmación de que se ha verificado el cumplimiento de los requisitos como miembros de los grupos SGR (en el caso de las altas), es decir que la persona que se propone dar de alta no está vinculada a otro SGR ni es un predoctoral sin contrato.
RESOLUCIÓN
Su solicitud será revisada, si la persona cumple con los requisitos, se procederá a la firma de la Vicerrectora y se enviará a la AGAUR. No se notificarán individualmente los envíos. Una vez la AGAUR resuelva las altas se incorporarán a EGRETA (AGAUR prevé una resolución trimestral de las modificaciones enviadas por los centros, es decir, el envío de la petición de alta o baja no procede a la modificación del registro en EGRETA de forma inmediata).No se notificarán individualmente las incorporaciones por correo electrónico pero tendrá una notificación a través de EGRETA.
- Carta motivada de la adscripción al 50% firmada por la persona que solicita la adscripción al segundo SGR, por las coordinaciones de los SGR afectados y sus representantes legales.
- Si la incorporación es a un grupo externo a la UAB, esta carta deberá enviarse a ajuts.agr@uab.cat para su firma por parte de la vicerrectora de investigación, quien se la devolverá para que la otra institución haga el trámite con la AGAUR.
- Si la incorporación es a un grupo de la UAB, junto con la carta firmada por la coordinación y el representante legal del otro SGR, debe enviarse el excel de alta y el pdf a ajuts.agr@uab.cat de acuerdo con las instrucciones arriba indicadas).
RESOLUCIÓN
La AGAUR hará una resolución adhoc por esta petición (no se publica junto con el resto de altas o bajas). En el momento de la resolución, Investigación modificará el registro en EGRETA.
(2.1) CAMBIO DE VINCULACIÓN CON LA INSTITUCIÓN DE ORIGE
¿QUÉ HAY QUE HACER?
- Carta de la coordinación del SGR indicando el cambio de vinculación a la persona afectada (categoría indicada en la solicitud y nueva categoría).
- Si el miembro es personal externo a la UAB junto con esta carta deberá enviarse el certificado de su institución donde se indique esta nueva vinculación.
- Esta documentación debe enviarse a ajuts.agr@uab.cat para que sea comunicado a la AGAUR.
(2.2) CAMBIO DE INSTITUCIÓN DE ORIGEN
¿QUÉ HAY QUE HACER?
- Carta informando del cambio de institución.
- Si el cambio es de una persona que formaba parte del equipo de la UAB y ahora está en otra institución deberá enviarse, junto a esta carta, el certificado de la vinculación con esta institución junto con la autorización del representante legal del centro a participar en el SGR.
- Si el cambio es de una persona que formaba parte del equipo externo en la UAB y ahora está en la UAB, sólo tendrá que enviar la carta.
- Esta documentación debe enviarse a ajuts.agr@uab.cat para que sea comunicado a la AGAUR.
RESOLUCIÓN
En ambos casos, la información se enviará a la AGAUR para la actualización de su base de datos y también se actualizará el registro a EGRETA, si corresponde.
RESPONSABLE Y CONTACTO
Unidad de Gestión de Recursos (Área de Gestión de la Investigación)
Correo electrónico: ajuts.agr@uab.cat