Normativa de compras de bienes y servicios
Estos criterios se aplicarán en todos los procedimientos para la gestión de la contratación de suministros (compras), de servicios y de obras de las instituciones del entorno FUAB (ver el documento normativo).
• Modelo de pedido
IV) PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE COMPRAS
- Recepción del material, suministro o servicio
Una vez recibido el material tenemos que firmar el albarán, del que hemos tenido que quedarnos una copia. Es muy importante guardar este albarán con el pedido correspondiente porque tiene que formar parte del expediente final de la compra.
- Facturación
Paral·lelamente, el proveedor tiene que enviar la factura especificando el NIF y el nombre de la institución correspondiente. La factura tiene que cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos:
a) Número y cuando corresponda, serie. La numeración será correlativa.
b) Nombre, NIF y dirección, tanto del expedidor como del destinatario.
c) Descripción de la operación, importe total, base imponible (o que se pueda deducir), tipo de IVA (%) e importe del IVA.
d) Lugar y fecha de emisión.
- Validación de la factura
Una vez que se reciba la factura correspondiente al suministro, servicio u obra, ésta se le enviará a la persona responsable que haya autorizado la compra para que certifique que se ha materializado de forma correcta la compra y que la factura es conforme con el pedido enviado. Esta validación dará paso a la contabilización definitiva y pago de la factura.
En los casos en los que la autorización del gasto haya seguido un procedimiento diferente de la adjudicación directa (contratos no sujetos y sujetos a regulación armonizada) en los que es siempre la dirección general quien autoriza, la factura o facturas que se generen las puede autorizar para su contabilización definitiva y pago, en el caso de la FUAB, las personas específicamente delegadas (responsables del contrato). Estamos hablando contratos de servicios (limpieza, seguridad, mantenimiento, suministros de electricidad, gas, agua, teléfono), contratos por software (desarrollo, implantación, mantenimiento, etc.). Por otro lado, también seguirán el mismo circuito las facturas en concepto de alquiler de espacios fijos, que serán autorizadas por el director económico-financiero y de patrimonio.
V) LIMITACIONES
Habrá que velar para evitar que los proveedores lleven a cabo conductas que tengan por objeto impedir, restringir o falsear la competencia, mediante comportamientos colusorios o de competencia fraudulenta. Así mismo, habrá que velar para evitar que diferentes personas físicas y/o jurídicas puedan presentar ofertas individualmente cuando existe una vinculación directa entre ellas.